¿Sabías que…?

El agente in rebus como figura de control y agente secreto del Bajo Imperio

Desde la Antigüedad, los líderes políticos de cualquier país han buscado el control de su población mediante cualquier medio del que tengan a su disposición para mantenerse en el poder con la mayor estabilidad posible. Esta máxima es algo que se ha mantenido a lo largo de toda la historia de la humanidad, y asimismo, este control ha sido ejercido de manera coercitiva, pues el monopolio de la fuerza es la pieza fundamental para el respeto de cualquier estado antiguo o moderno hacia las instituciones, la autoridad o la administración del territorio que se ocupa.

En el caso que tratamos hoy, hablaremos de una cara del Imperio romano y de una figura que tal vez no es tan conocida. Si bien el Imperio aún hoy en día levanta grandes pasiones e interés allá donde es nombrado, el papel principal se lo llevan sus ejércitos, las legiones, e ignoran otros métodos de control social que los emperadores buscaron y ejercieron para conseguir y mantener la preciada estabilidad de un territorio tan vasto. Se trata de los agentes in rebus, tan impopulares como útiles, en este artículo se explicará su formación y de quienes son herederos, sus actividades, quienes eran, su organización y porque eran tan usados por los emperadores, todo esto de manera esencialmente resumida y enmarcada cronológicamente en el comienzo del Bajo Imperio, bajo el gobierno de Diocleciano (284-305), hasta llegar a la partición de Teodosio y unos pocos años más adelante, mencionando brevemente a sus hijos Arcadio (395-408) y Honorio (395-423).

Origen de los agentes in rebus

Para hablar de esta figura nos debemos situar en el año 319 del gobierno del emperador Constantino, año de publicación de una de sus muchas constituciones, donde gracias a su abundante tarea legisladora nos deja claro la primera mención a la figura del agente in rebus como un elemento de importancia debido a su actividad y concediendo privilegio al cuerpo de los agentes in rebus, es decir, a la comitiva administrativa que se encargaba de la gestión de todos los asuntos relacionados con el control del cursus publicus, la red de carreteras estatales que comunicaba el Imperio (Fernández de Buján, 2015, 22).

La importancia de esta tarea la podemos ver representada en la Tabula Peutingeriana, un formidable mapa del siglo IV que muestra las vías de comunicación principales del Imperio, a excepción de su parte más occidental, lo que corresponde con los territorios de Hispania y la parte occidental de Britania, que no han llegado a nuestros días.

Sin embargo, que en el año 319 se indique su primera mención, no significa que su organización se crease por esos años, se sabe que desde la llegada al poder de Augusto, hubo policía secreta al servicio del estado romano, siguiendo este ejemplo otros emperadores como Vespasiano, Adriano o Diocleciano se sirvieron de estos elementos encubiertos. De este último emperador hablaremos a continuación.

Constantino no inventó en este aspecto nada nuevo, Aurelio Víctor, en el “Libro de los Césares” comenta “Remoto pestilenti frumentariorum genere, quorum nune agentes rerum simillini sunt, qui, cum ad explorandum anunciandumque, qui forte in provinciis motus existerent, instituti viderentur; compositis nefarie criminatioribus. Iniccto passim metu. praecipue remotissimo cuique, cuneta foede diripiebant” (Bonet, 1958, 198), haciendo referencia al hecho de que Diocleciano, en algún momento de su reinado, no sabemos precisamente en cuál fue a causa de la falta de fuentes, sustituyó a los antiguos frumentarii originarios de los tiempos del emperador Adriano, los cuales eran escogidos de entre las legiones para el mantenimiento de las tropas, así como la supervisión del buen funcionamiento del cursus publicus, por los agentes in rebus, que heredaron de estos sus funciones, cambiando a los componentes legionarios ya existentes y leales al general de turno de la legión por una camarilla totalmente leal al emperador que no se diferenciaba de otros elementos castrenses del ejército, pese a ser un importante resorte del estado que actuaba entre bambalinas (Yanguas, 1977, 128).

Frumentarii durante la recolección del trigo. Columna trajana. Extraído de Wikipedia.org, dominio público.

Organización del departamento

Fuentes como Amiano Marcelino o Aurelio Víctor también nos aclaran cuál era su organización y el proceso de asignación de cargos tan característico de una administración extremadamente burocratizada como era la romana, habiendo una primera forma organizativa de mando bajo el gobierno de Diocleciano, el cual pone al cuerpo de los agentes in rebus bajo el mando del praefectus pretorio, no de manera explícita, pues en ningún momento lo menciona directamente, pero es evidente que una figura tan importante como es el praefectus pretorio, el cual solo respondía ante el emperador y que, si bien Diocleciano había retirado gran parte de sus responsabilidades y poderes militares a la hora de dividir la administración militar de la civil, seguía disponiendo de amplios poderes civiles que le valían el cargo de una clase de canciller imperial, como es el caso del crucial cargo del mantenimiento del cursus publicus, por lo que no es probable que el emperador asignase la supervisión de este cuerpo a otro funcionario menor y que no fuese de su plena confianza (Bonet, 1958, 206).

Busto del emperador Diocleciano.

Y cambia su organización introduciendo el sistema de la schola[1] para la diferenciación entre las ramas administrativas y la búsqueda de una estandarización y limitación de los funcionarios a sus respectivas áreas de trabajo, evitando que estos se extralimitasen en sus funciones, cosa habitual en el caso del que hablamos, puesto que las alusiones a la figura del agente in rebus estarán constantemente vinculadas a una imagen extremadamente negativa relacionada con el abuso de su poder e incluso remarcando la bajeza moral y los pocos escrúpulos de sus miembros, posiblemente a causa del papel en operaciones encubiertas y delicadas a las que eran asignados.

[1] Una schola era un departamento dependiente de la cancillería imperial.

Como son sus funciones de mensajeros y supervisores de las vías de comunicación, escolta, y su caso más característico, el de arrestos, que muy a menudo solían ser arbitrarios a civiles que considerasen peligrosos para la estabilidad del Imperio, normalmente acusados del delito de ofensa a la majestad, provocando una multitud de quejas que venían del propio aparato burocrático estatal a causa de una floreciente corrupción, ya que a las detenciones arbitrarias, se le unían numerosos sobornos, por lo que los emperadores procuraron limitar sus funciones de manera que encontrasen un equilibrio entre el control que estos ejercían sobre el resto de la población y a su vez, un control lo suficientemente estricto sobre ellos para que no acabasen sucediéndose los casos de corrupción (Bonet, 1958, 209).

Tête de Constantin 1er – Palazzo dei Conservatori – MC0757

Esta limitación la encontramos primeramente en Constantino, que acaba por reducir el peso del praefectus pretorio y limita y somete la schola agentes in rebus a una nueva figura que a partir de ahora dirigirá no solo el departamento, sino el resto de officia[1], el magister officiorum, un funcionario que no parará de ganar peso durante todo el Bajo Imperio y que sustituirá al praefectus como canciller del Imperio, su título, que literalmente es “maestro de los oficios” da una idea del papel que tenía a la hora de organizar las diversas officia, entre las cuales se encontraban la schola agentes in rebus. Posteriormente, gracias a sus hijos Constante y Constancio II, este control se mantiene, pero la dependencia de los emperadores a la figura del magister aumenta debido a la multiplicidad de sus funciones, al igual que su papel como receptor de numerosos secretos traídos por sus agentes o magisteriani[2], por lo que podemos afirmar que la modificación y el control de los emperadores a sus funciones no produjo una limitación efectiva ni al magister ni a la schola, al menos hasta la entronización de Juliano.

[2] Las officia eran lo equivalente al conjunto de los departamentos de la cancillería imperial que gobernaban el Imperio desde las reformas dioclecianas y constantinianas.[3]  Los agentes in rebus también son llamados así en las fuentes a causa de su subordinación al magister officiorum.

Constantino también nos aclara las competencias de los agentes in rebus mediante su constitución del año 357 donde dice “Agentes in rebus in curis agendis et evenctionibus publici cursus inspiciendis nostrorum memores praeceptorum credimus im omnibus velle profuturu rei puhlicae… nec vero multos esse per singulas provincias iussimus, quippe sufficit duos tantummodo curas gerere et cursum publicum giibernare”, (Pikulska-Robaszkiewicz, 1994, 150)  la cual nos ha llegado a través del Código Teodosiano.

Magistrados que formaban el departamento y funciones atribuidas

Entre las variadas funciones del magister estaba la de dirigir a la guardia personal del emperador en el palacio imperial en el que se asentase, asumir la dirección de las fábricas de armamento, de las relaciones exteriores, recibiendo y anunciando al emperador la llegada de embajadores extranjeros, fijar fechas para las audiencias, así como, por supuesto, la dirección de la schola agentes in rebus (Fernández de Buján, 2015, 23), pero dependiendo del magister, este podía dejar el cargo a sus inferiores directos en lo que se refiere al acatamiento de las órdenes dadas, o pronunciarlas el mismo, procurando una intervención más allá de la de simple comunicador entre el emperador, el resto de la administración y la schola, esta diferenciación viene dada a que, técnicamente, el magister no formaba parte de esta, sino que era el representante de la administración sobre ella, y no su mando directo, pero debido a su posición, podía ejercerla, acaparando competencias, el caso más señalado era el de la admisión de nuevos miembros y su expulsión (Bonet, 1958, 209).

Por debajo del magister officiorum, encontramos dos cargos que organizan el cuerpo, el primero era el que poseía la jefatura del departamento, el princeps scholae officium agentium in rebus, o simplemente princeps scholae, mientras que el otro, el princeps officii, era el que estaba en relación con los altos funcionarios que dirigiesen las officia. Con el ascenso de los emperadores Constancio II y posteriormente Juliano, este cargo sería designado a los miembros más antiguos en los territorios de las prefecturas pretorianas, con el objetivo de conceder al magister officiorum de la corte control sobre los prefectos pretorianos del resto del territorio, mediante la revisión documental que el agente tenía entre sus funciones para garantizar el buen estado del cursus publicus, estas revisiones eran hechas de buen grado por los agentes, pues iban acompañados de buenos honorarios, mientras más inspecciones se realizasen, más serían los honorarios (Yanguas, 1977, 129).

Busto de Constancio II, Museo Nacional Romano.

El grueso de los funcionarios medios del departamento pertenecía a una clase social acomodada, que si bien no llegaba al nivel de las grandes riquezas, podía permitirse un puesto dentro del aparato administrativo romano, lo que exigía tener un cierto nivel económico y ser ciudadano de pleno derecho. Si bien su presencia no estaba bien vista, ya que suponía un espionaje a las actividades del observado, tenían un gran número de beneficios a la hora de ejecutar sus funciones.

Por mencionar alguna, los funcionarios de la schola bajo el gobierno de Juliano quedaban exentos de la participación de las curias municipales si ya habían cumplido tres años de servicio dentro del departamento, esta ley la promulgó el emperador dentro de sus constituciones poco tiempo antes de morir en el año 363 (Bonet, 1958, 201). Sin embargo, no nos han llegado muchas más indicaciones sobre sus privilegios a causa de sus actividades muchas veces ocultas y por su papel dentro de las redes de información, pero es lógico pensar que gozaban de un número considerable de estas.

A su vez, debajo de estos altos funcionarios estaría designada toda una pirámide basada en una organización con nombres marcadamente militares, prueba de los posibles orígenes militares que estos tienen, por lo que es muy probable que esta organización fuese configurada ya desde la fundación de Diocleciano con los siguientes cargos: ducenarii, centenarii, biarchi, circitores y equites (Yanguas, 1977, 129), pero no sabemos el número exacto de integrantes que tuvo cada puesto hasta al menos León I, pero no es fundamental para entender la naturaleza de estos funcionarios en este artículo. La mención más antigua a sus números es cuando el emperador Juliano realizó una depuración masiva de agentes, limitándolos a diecisiete y sustituyéndolos por sus propios esclavos, que actuaban como sus confidentes más cercanos (Bonet, 1958, 201).

Estatua de Juliano, llamado por las fuentes cristianas el “Apostata”. Museo del Louvre
Estatua de Juliano, llamado por las fuentes cristianas el “Apostata”. Museo del Louvre

La enorme depuración que hizo Juliano no es extraña si recordamos que su primo Constancio II, en el año 355, pocos meses después de ejecutar a su hermano Galo y delante de las preocupantes razias en la Galia por parte de pueblos germánicos, francos y alamanes, lo nombró cesar y le encomendó la defensa de la frontera del Rin, enviándolo junto a un considerable número de agentes leales al augusto que lo vigilaban, por lo que Juliano es más que posible que, aun siendo gobernador de la Galia, se sintiese prisionero entre todos estos funcionarios.

Esto, sin embargo, no fue más que un pequeño paréntesis dentro del departamento, pues con la muerte de Juliano durante su campaña contra el Imperio persa sasánida, el número de agentes volvió a aumentar muy considerablemente, y no solo eso, posteriormente a la partición del Imperio por parte de Teodosio, sus hijos Arcadio y Honorio, en la constitución del año 399, se atribuyeron el derecho de nombrar agentes in rebus a personas estrechamente vinculadas a su entorno para ejercer un control mayor sobre la schola (Pikulska-Robaszkiewicz, 1994, 149), esto, de nuevo, no es una novedad, el intento de vincular al emperador con la schola viene desde al menos Constantino, donde su constitución acerca de la reglamentación de la matrícula[4] del departamento no la hace de manera pública y oficial, sino que va dirigido a ellos mismos y dice así “ad ducenam etiam et centenam et biarchiam nemo suffragio, sed laborem unusquisque perveniat, usus omnium testimonio: principatum vero adipiscitur matricula decurrente, ita ut ad curas agendas et rersum illi exeant, quos ordo militae vocat etlabor” (Pikulska-Robaszkiewicz, 150, 1994).

[4] La matrícula era la reglamentación por la cual se contaban los miembros de, en este caso, esta schola en concreto.

Es en los gobiernos de Constancio II y Juliano cuando los agentes in rebus comienzan a desarrollar esta función extra de informadores impopulares, dejando de lado parcialmente sus funciones de supervisores del correo, para compaginar sus nuevas tareas de vigilancia política de los remitentes y destinatarios del correo, acumulación de grandes volúmenes de información para detectar a la disidencia política así como el cumplimiento de las leyes. Según Amiano Marcelino, eran especialmente diestros en el rastreo de complots, ya fuesen reales o supuestos mediante estos métodos que tenían a su disposición (Yangua, 1977, 135).

Cabe destacar, por último, los curiosi cursus publici, que, además de tener las jurisdicciones del resto de agentes, poseían la jurisdicción de los puertos y se encargaban de revisar los cargamentos de las naves y de hacer cumplir la ley por la cual los capitanes de barco debían tomar las rutas más fáciles entre sus lugares de carga y descarga, viendo aumentada su independencia a partir de los gobiernos de Constancio II y Constante, cuando estos emperadores promulgaron leyes en los que estos funcionarios no estaban sujetos a la figura del magister officiorum. En el año 359, a causa de su enorme corrupción y enriquecimiento, Constancio II tuvo que rectificar y reformular la ley por la cual se especificaba la limitación del importe del vehículo revisado a un solidus para paliar la corrupción provocada por estos funcionarios en el control del comercio marítimo (Resano, 2015, 194).

Conclusiones

Como reflexión final y tras este repaso general, podemos afirmar que los agentes in rebus tenían muchas ocupaciones y funciones, eran una especie de navaja suiza para los emperadores en lo referente al trato de la información, si bien su presencia no estuvo oficializada e institucionalizada hasta la llegada al trono de Constantino, donde encontramos una adhesión al sistema administrativo enorme, hay que tener en cuenta que si seguimos la línea de la creación de esta schola durante el gobierno de Diocleciano, nos encontraremos con una evolución que comienza en el ámbito militar que es vinculada a la figura de un comandante que se alza contra un emperador legítimo, en el caso de Diocleciano, su proclamación como emperador contra su predecesor Numeriano.

Esta es la dinámica habitual que se da a lo largo del siglo III y que Diocleciano, y posteriormente Constantino, tratarán de evitar mediante la desvinculación de esta organización del ámbito militar y la incorporará al ámbito administrativo para ganar una base de informantes fiables y fieles que comuniquen actitudes peligrosas hacia el emperador. Y como ya he mencionado antes, el resultado será muy positivo si tenemos en cuenta el éxito como medida de incorporación dentro del estado, pero a la larga causará un claro problema, y es que el uso constante de la schola causará severos problemas de corrupción derivados de las ampliaciones de privilegio, siendo también un suceso importante el hecho de la poca claridad, al menos que nos han llegado a nuestros días, sobre la jerarquización y el método de ascensos dentro del departamento, ya que no será hasta Teodosio cuando se dispondrá de un claro curso de ascensos que reglamentarán la organización que provocará un control e incorporación más efectiva bajo la figura del emperador.

Bibliografía

Bonet, J. A. A. (1958). “Los agentes in rebus”: contribución al estudio de la policía en el Bajo imperio romano”. Anuario de historia del derecho español. 28. 197-220.

Fernández de Buján, A. (2015). “Contribución al estudio de la vigilancia, seguridad ciudadana y orden interno en el marco de la administración pública romana: Especial referencia a los agentes in rebus”. Dikynson. 17-34.

Pikulska-Robaszkiewicz A. (1994). “Funkcjonariusze służb specjalnych w późnym Cesarstwie – «agentes in rebus» trad. “Agentes del servicio secreto en el Imperio tardío – “agentes in rebus”. Prawo Kanoniczne: kwartalnik prawno-historyczny trad. Derecho canónico: revista jurídica e histórica trimestral. 34. 147-157.

Resano, E. M. (2015). “Ad nostram scientiam referatur: la supervisión administrativa imperial de la aplicación de las leyes durante la dinastía constantiniana”. Universidad de Zaragoza. 1-19.

Yanguas, N. V. S. (1977). “El servicio policial secreto romano en el Bajo Imperio según Amiano Marcelino”. Memorias de Historia Antigua. 1. 127-139.


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