¿Sabías que…?

Curiosidad: ¿Puedes elegir a qué cárcel ir si te condenan?

¿Puedes elegir a qué cárcel ir si te condenan?

El caso de Urdangarín, que decidió cumplir condena en la cárcel para mujeres de Ávila, plantea dudas sobre la posibilidad de elección de prisión.

Según estipula el ordenamiento jurídico español, a la cárcel se puede ir con carácter provisional o preventivo, por decisión judicial durante un procedimiento en el que no hay sentencia firme, en cuyo caso la prisión suele estar cerca del órgano competente, aunque no necesariamente (por ejemplo, el polémico traslado de los políticos catalanes presos a cárceles situadas en Cataluña).

La prisión preventiva la debe acordar el juez si alguna de las partes acusadoras o el Ministerio Fiscal lo pide y hay motivos para ello: que se trate de un delito grave, que haya peligro de destrucción de pruebas o que exista riesgo de reiteración delictiva por parte del condenado.

Bajo sentencia firme, normalmente los condenados tienen libertad de elección de centro y acuden a cárceles próximas a su domicilio.

La otra posibilidad de ser encarcelado es como consecuencia de la ejecución de una sentencia firme con condena a una pena privativa de libertad.

En este caso, los juzgados suelen conceder a los individuos penados un plazo de entre cinco y diez días para que comparezcan en un centro penitenciario con un documento denominado mandamiento de ingreso en prisión. Normalmente los condenados tienen libertad de elección de centro y acuden a cárceles próximas a su domicilio o donde creen que van a sentirse menos desamparados, por tener familiares o amigos que viven en las cercanías y van a tener más afcilidad para las visitas.

En ese supuesto, el centro penitenciario elegido admite al recluso, el cual pasa ya a depender de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, que lo clasifica y lo mantiene en dicho establecimiento o lo recoloca en otro presidio, sea por razones de política criminal (dispersión de presos de organizaciones terroristas, por ejemplo) o por sobrepoblación de esa cárcel en concreto, o por no resultar indicada para el tratamiento individualizado del penado.

 

El caso de Iñaki Urdangarín

En el caso del cuñado del rey Felipe VI Iñaki Urdangarín, condenado a una pena de cinco años y 10 meses de prisión por el ‘caso Nóos’, y que ha elegido para cumplir su condena la prisión de Brieva, en Ávila, lo excepcional es que se trata de una cárcel destinada inicialmente a mujeres, aunque posee un módulo aislado en el que él es el único hombre residente. No es frecuente esa excepcionalidad, pero la Administración penitenciaria habrá entendido que por razones de seguridad tanto interior como exterior, Brieva es un lugar adecuado para que cumpla allí su pena el tristemente famoso miembro de la familia del rey, condenado, por cierto, por delitos fiscales, además de por los delitos de prevaricación, malversación, fraude y tráfico de influencias.

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